domingo, 17 de abril de 2011

ESTUDIAN VENTA OBLIGATORIA DE VIVIENDAS VIEJAS EN ALQUILER

 Estudian venta obligatoria de viviendas viejas en alquiler
La dirección de inquilinato fijará el precio de los inmuebles de vieja data que tienen que ser vendidos a sus inquilinos (Archivo)
Venezuela ⁄  Los propietarios de edificios de vieja data destinados al arrendamiento, y construidos hasta el año 1987, están obligados a vender los apartamentos a sus inquilinos (sin importar el tiempo que estos tengan en la vivienda), en un máximo de 180 días, según propone el proyecto de Ley para la Regulación y Control de los Arrendamientos de Viviendas.

En las disposiciones transitorias el proyecto señala que el precio de venta del inmueble lo fijará la oficina nacional de inquilinato según los métodos establecidos en dicha ley.

"Aquellos propietarios que luego de pasado el lapso no oferten en venta los inmuebles a los que se refiere este artículo, los inquilinos u ocupantes de estos inmuebles se dirigirán a la dirección de inquilinato de su región, a notificar esta novedad. La dirección de inquilinato publicará carteles solicitando la presencia de los propietarios del edificio (...) Si pasados 15 días después de la última publicación el propietario no comparece ante la dirección de inquilinato, esta dirección mediante la vía de la expropiación adquirirá la propiedad del inmueble y a partir de ese momento y durante los 30 días siguientes comenzará el proceso de adjudicación y transferencia de propiedad a los inquilinos que ahí ocupan".

La décima disposición transitoria establece que "se obliga a la dirección de inquilinato a fijar el valor de venta de los inmuebles. Para eso se tomará en cuenta es estado de la bienhechuría y en ningún caso se tomará en cuenta para el cálculo del valor de la tierra, los factores de ubicación y precios del mercado".

Tomando en cuenta que no todos los inquilinos cuentan con dinero suficiente para proceder en tan corto tiempo a la compra del apartamento, el proyecto de ley insta a " la banca pública y privada a priorizar todos los créditos de adquisición de estos inmuebles".

Además el Estado estará en la obligación de otorgar subsidios a todas aquellas personas de la tercera edad o discapacitados que la banca no pueda atender.

El proyecto de ley también establece que todos los registros del país deberán hacer lo concerniente para autenticar los documentos de dichos edificios para poder ejecutar los contenidos de la ley.

Condicionamientos ilegales

El presidente de la Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos (Apiur), Roberto Orta señala que "las ventas son pactos voluntarios y no obligatorios, tal como está previsto en el marco legal".

Agrega que "existen inmuebles que no pueden ser vendidos" y pone como ejemplo los anexos de las viviendas. Comenta que, "no se pueden vender las partes de una casa. Una situación similar se registra con las viviendas en las zonas populares, que también están alquiladas por partes, allí tampoco se puede obligar a la venta".

El proyecto fija una plazo de seis meses para concretar la oferta, para el presidente de la organización seis meses es un lapso corto, debido a que se tienen que realizar los trámites y "ello toma su tiempo".

Para Orta el proyecto "es una ley de expropiación".

El marco legal contempla aplicar expropiaciones por varias razones, entre ellas, si se incumple con la venta de la vivienda o si un propietario que tenga más de cinco inmuebles es reincidente en sanciones.

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